miércoles, 1 de junio de 2011

HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA MUJER EN COLOMBIA

Tanto las mujeres como sus derechos han sido vulneradas por una sociedad machista, que durante años las subestimó por el simple hecho de ser mujer, soportando tratos inhumanos por parte de sus  jefes, con injusticias diariamente en sus hogares y sus trabajos.  Situación que motivo la exigencia de una igualdad de derechos. Por ello, hoy producto de luchas sociales cuentan con reconocimiento a nivel nacional como internacional. Así verbi gracia, la Organización de Naciones Unidas (ONU), tuvo que interferir  llamando a la igualdad social entre hombres y mujeres para que se les permitiera tener voz y voto en la vida política de las Naciones. Motivo por el cual, el Estado colombiano en 1957, hizo reformas a la Constitución declarándolas como ciudadanas con participación en el ámbito político. Gracias a esto, entre otras cosas, las mujeres colombianas  han sido reconocidas como sujetos con una merecida protección especial.
Fueron todas estas circunstancias las que llamaron la atención, para que en el marco del semillero Género y Multiculturalismo, se hiciera un estudio del proceso evolutivo de los derechos humanos de las mujeres en Colombia. Es de resaltar que la investigación está en su etapa inicial, y en estos momentos se está construyendo el estado del arte respecto al tema en Colombia. En el desarrollo de la misma, se emplea un componente tanto cuantitativo como cualitativo. Se hará una encuesta y trabajo de campo con personas calificadas, desde estudiantes, profesionales de las ciencias humanas y mujeres de diferentes regiones, con el objeto de hacer un paralelo respecto a la concepción que de los derechos de las mujeres se tiene, en los diferentes contextos del Estado colombiano.
PALABRAS CLAVES
Mujer, Derechos humanos, Maltrato, Igualdad, Abuso, derecho al voto.


Juan Fernando Díaz Pérez* 
Tatiana Nohava Restrepo*

Women human rights history


ABSTRACT
Both women and their rights have been violated by a macho society, which for years underestimated by the simple fact of being a woman, enduring inhumane treatment by their bosses, with daily injustices in their homes and their jobs, such as abuse sexual and psychological.
Situation that demand for equal rights Therefore, the product of social struggles today have recognized nationally and internationally. For example the United Nations (UN), had to interfere calling social equality between men and women to be allowed to have a say in the political life of nations.  Colombia in 1957 made amendments to the Constitution declaring them as citizens to participate in the political arena. Thanks to this, among other things, Colombian women now have 54 years entitled to participate in the vote and were recognized as subjects with a deserved special protection. Thus, were all these circumstances that drew attention to seed under the Gender and Multiculturalism, to make a study of the evolutionary process of human rights of women in Colombia.
It is noteworthy that the investigation is in at the beginning  and currently is building the state of the art, on the issue in Colombia. In developing it, uses a quantitative and qualitative component. It will survey and field work with qualified people, from students, professionals in the humanities and women from different regions in order to make a parallel with the conception of women's rights have, in different contexts of the Colombian State.

KEYWORDS

Women, Human Rights, Abuse, Gender, Abuse, voting rights.


INTRODUCCIÓN [1]

 







Foto 1[2].

Después de tantas luchas e historias llenas de injusticias, la mujer colombiana a principios del siglo XX, decide que es el momento de hacerse valer como mujer y como ser humano, con iguales capacidades y necesidades a las de los hombres, con una serie de derechos que son llamados a ser respetados.  En tal sentido, desde los ejercicios de investigación que se están desarrollando en el Semillero "Género y Multiculturalismo" Enfoque desde los Derechos Humanos, de la Facultad de Derecho, en la Universidad de San Buenaventura Seccional Medellín, es necesario llamar la atención de todos y todas, acerca de lo importante que es no ser indiferente al pasado, para evitar que se repita tan deplorable situación, pues aunque conforme a las leyes y a nuestra cultura, se pregone igualdad entre hombres y mujeres, todavía falta lograr la equidad total.  Para ello, es necesario aunar esfuerzo para que se siga avanzando, y con éste proceso se tengan mejores repercusiones en el futuro, pues aún las mujeres siguen luchando por el respeto a sus derechos humanos, desde las diferentes esferas en el ámbito público y privado, sean estas, el hogar o la familia, y el trabajo etc. Pues  como dice el poeta Mario Benedetti, la mujer es “inmortal por antonomasia”.

Por eso, con este artículo esperamos contarle a los lectores, hechos sumamente importantes en la  historia del país y más aún, para las valiosas mujeres colombianas emprendedoras, capaces, inteligentes, y con montones de cualidades, que en el pasado eran subestimadas con un trato diferenciado como personas incapaces sin voz, ni voto, tanto en la esfera pública como en la privada. Pero dicha lucha, ha motivado una nueva era de respeto, equidad, con nuevas tecnologías y evolución cultural, con apoyo fundamental desde la comunidad internacional, por el papel  sumamente primordial que juegan las mujeres en el desarrollo de la sociedad actual.  En este orden de ideas, la protección de la mujer se concretiza en diferentes instrumentos, entre los cuales se destaca, en el marco de los Estados Americanos, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer de 1994, más conocida como Convención Belém do Pará,
         


HISTORIA DE LOS DERECHOS DE LA MUJER EN COLOMBIA

La mujer ha sido ampliamente maltratada a lo largo de la historia, y Colombia no ha sido la excepción. Desde la época de la colonización la mujer colombiana ha sido degradada, subestimada y rechazada por el solo hecho de ser mujer. Es hasta principios del siglo XX cuando las mujeres cansadas de las injusticias y las desigualdades reclamaron por fin la equidad que siempre han merecido.

Las primeras mujeres que velaron por sus derechos enfrentaron una sociedad que no les daba trascendencia en ningún campo, sus opciones para desarrollar su vida eran restringidas a escoger entre: el camino de la vida religiosa, ser amas de casa, ser mano de obra en las fábricas solo hasta que se casaran (pues eran obligadas a renunciar a sus trabajos para dedicarse a las tareas del hogar), ser costureras o ser maestras, única labor profesional donde también eran altamente reprimidas, como lo muestra el aparte de un contrato para maestras del año 1923:

“La señorita acuerda: no casarse, no andar en compañía de hombres, estar en su casa entre las ocho de la tarde y las seis de la mañana, no pasearse por heladerías, no fumar cigarrillos, no beber cerveza, vino, ni whisky, no viajar en coche o automóvil con ningún hombre excepto su hermano o padre, no vestir ropa de colores brillantes, no teñir el pelo, usar al menos dos enaguas, no usar vestidos que le queden más de 5 centímetros por encima de los tobillos (…)”[3]. Como se observa, el grado de desigualdad y discriminación era notorio, teniendo en cuenta la coyuntura y el contexto de la época.

La primera aparición de la equidad de género en Colombia

En la lucha de los derechos de la mujer nace una heroína, que por causas sociales de la época, sería relegada al olvido, ella era Betsabé Espinal, una humilde campesina de tan solo 24 años, que el 20 de febrero de 1920, aun en sus condiciones de inferioridad para la época, logró armar la primera huelga sindicalista en la historia de Colombia y fue la primera mujer colombiana capaz de reclamar sus derechos y un trato de igualdad respecto a los hombres.

Betsabé[4] era una mujer Bellanita, operaria de los telares de la famosa fábrica de tejidos de Bello Antioquia.  Para ese entonces las mujeres que operaban en la fábrica eran alrededor de 400, a comparación de los empleados varones “que solo eran 100,  esto debido a que este trabajo no requería ni fuerza física ni educación”[5]. En la fábrica de tejidos las obreras trabajaban en situaciones inhumanas, por esto  decidieron rebelarse en cabeza de Betsabé Espinal, quien las convocó a parar sus actividades laborales, paro que duró 21 días, en los cuales las mujeres no trabajaron pero tampoco dejaron trabajar a los empleados varones que terminaron uniéndose a sus peticiones.
                                                           
Los reclamos de las obreras consistían en la igualdad de salarios, pues “una obrera ganaba entre $0.4. y $1.00 a la semana; los hombres ganaban por el mismo oficio entre $1.00 y $2.70 semanal, pedían también la modificación del sistema de multas que las obligaba a pagar por cualquier contratiempo, por llegar tarde, por hacer un daño accidentalmente, por enfermarse, por distraerse, inclusive se llegó a multar a las mujeres por negarse a satisfacer los deseos sexuales de algún capataz, por ello uno de los reclamos más importantes para estas mujeres era que no las abusaran mas sexualmente, deshonrando su dignidad,  acto que era muy común y raramente castigado”[6]. También pedían la reducción de las horas de trabajo, que alcanzaban casi las 12 horas, sin derecho a descansar.

Entre las exigencias de las obreras se encontraba tal vez la más representativa y hoy paradójicamente, la mas mínima de sus propuestas: “el poder ir calzadas a trabajar”, las mujeres eran obligadas a trabajar descalzas sin razón aparentemente justificable, a diferencia de los hombres que podían ejercer la misma labor con sus zapatos.                                            Foto 3[7]

Después de 21 días de huelga en los que la fábrica de tejidos estuvo completamente detenida, su dueño, “el exitoso negociante Emilio Restrepo se vio obligado a ceder ante los reclamos de las obreras, así el 7 de marzo de 1920 se firma un acta de compromiso entre las obreras y Emilio Restrepo”[8] acordando que se suplirían todas las exigencias de las mujeres trabajadoras además de una extraña clausula que las obligaba a “nunca más protestar” y el 8 de marzo de 1920 anticipándose a lo que después sería el día Internacional de la Mujer Trabajadora, “dándole un significado nacional a la celebración, Betsabé Espinal y las huelguistas viajaron a Medellín en el tren de las 9:30 a.m., se desmontaron en la Estación Villa y marcharon hasta el Parque de Berrío para agradecer a los habitantes de Medellín”[9].

Así fue como Betsabé Espinal logro dar el primer paso en la historia colombiana de la equidad de género, hecho que gracias a la cultura machista que perduró hasta el año 1958 (y que hasta hoy sigue mostrando rasgos) fue tirado, por voluntad de los hombres al olvido.
La participación política de la mujer en Colombia:




Foto 4[10]
Mucho después del gran logro de las obreras de Bello Antioquia, en el año 1945 el Congreso de la República reforma la Constitución, reconociéndole a la mujer los derechos del ciudadano, que aplicaban hasta esa época solo para los varones mayores de 21 años, mas  todavía no se le permitió a la mujer el participar de la escena política pues “a pesar de conceder el estatus de ciudadanía a las mujeres, la reforma no autorizó el sufragio para ellas, lo que creó un gran ambiente de rechazo entre las mujeres de la sociedad colombiana”.                     

En 1946 la ONU hizo un llamado a los países latinoamericanos donde aún no estaba establecido el voto femenino en las Constituciones, exigiéndoles la inclusión de las mujeres en las decisiones democráticas, pues consideraban   que “negar a la mujer el derecho al voto era perpetuar un estado de desigualdad social entre hombres y mujeres”.       
   
Después de esto en 1947 el proyecto que hacía referencia al voto femenino entra al Congreso donde a pesar de la aprobación mayoritaria fue archivado debido a que en ese momento otros proyectos se consideraban más importantes. Para esta época las mujeres ya ocupaban cargos públicos y directivos, pero increíblemente no podían votar.                                                   Foto 5[11]       
Finalmente, después de grandes trabajos y fuertes intervenciones de la ONU y diferentes corporaciones que apoyaban la equidad de género se logra la aprobación del derecho de las mujeres  a votar  en el año 1958, en la elección presidencial que obtuvo como ganador al presidente Guillermo León Valencia. Solo hace 54 años la mujer puede votar en nuestro país.
                                                                                                                           
La equidad de género en Colombia, situación actual:

En la actualidad Colombia muestra un gran avance en equidad de género, aunque todavía no se alcanza la equidad total. Estas grandes mejoras son ampliamente expresadas en el plan decenal de acciones positivas para las mujeres 2007-2017, la ley 1257 del 2008, y la actual política pública de equidad de género para las mujeres; todas estas medidas de respaldo legal a la equidad de género se basan en “la convención interamericana para prevenir sancionar y erradicar la violencia contra la mujer” creada en 1994 en la ciudad Belem Do Para de Brasil.

La política pública de equidad de género para la mujer enfoca diferentes líneas o componentes que intentan suplir las necesidades básicas de la mujer contemporánea, estos son:

·      participación y organización: Estimular la participación de las mujeres en las estructuras de poder, la toma de decisiones, en especial cargos de elección popular y administrativos (organización de mujeres, escuela de formación y liderazgo para las mujeres)

·      empleo generación de ingresos y acceso a recursos: Promover la existencia de empleos e ingresos para las mujeres al igual que acceso a recursos (acción cooperada entre el Estado y la empresa privada, que permita reducir la situación de pobreza).

·      Educación cultura y recreación: Construir un modelo de coeducación al plan decenal, educación que promueva la existencia de modelos culturales diferenciados, a través de procesos de formación en cuanto a convivencia entre géneros  e incidencia y defensa de derechos étnicos, culturales y de género (certificación de estudios de básica primaria, secundaria, técnica y profesional para mujeres adultas y adultas mayores).

·      Violencias de género, convivencia y derechos humanos: Garantizar las condiciones de seguridad en la vida pública y privada y prevenir la violencia mediante la capacitación, calidad de atención, vigilancia y control. (promover la convivencia armónica y sancionar la violencia en contra de las mujeres, garantizar la atención y protección de las mujeres víctimas, planear acciones de prevención, atención, sanción y rehabilitación social para las violencias de género intrafamiliar y sexual).

·      Salud con énfasis en salud sexual y reproductiva: Garantizar el derecho a la salud integral de las mujeres y el acceso a los servicios de salud (integral y reproductiva) en las mujeres, (mejorar la atención a mujeres y adolescentes embarazadas para erradicar la mortalidad materna, fortalecer los programas de salud que promocionan la calidad de vida y la prevención de trastornos físicos y mentales), la 2da causa de muerte en mujeres es a causa del embarazo mal llevado.


·      hábitat y medio ambiente: Lograr un desarrollo urbanístico y la protección de los recursos naturales con perspectiva de  género (promover el acceso de las mujeres a la propiedad de predios y brindar los servicios básicos, promover la participación de mujeres en la protección del ambiente y mejoramiento de viviendas, disponer lugares para la capacitación, encuentro y recreación de mujeres).

·      desarrollo institucional: Disponer de una instancia pública responsable de la asesoría de la política pública de equidad de género en relación con las acciones de las dependencias de la administración estatal, en la realización de proyectos  y programas incluyentes que referencien la inclusión de las mujeres en el ámbito social y político.

Desde la Constitución Política el Estado Colombiano garantiza “efectividad de los derechos de los ciudadanos y la búsqueda de la justicia social” y  “… propicia las condiciones para que todos los ciudadanos y las ciudadanas  tengan la posibilidad de realizarse como seres humanos autónomos, es decir, llevar una vida digna”. La política pública se encarga precisamente de reforzar estas garantías en la mitad de la población tradicionalmente excluida: Las Mujeres.

La jurisprudencia colombiana y la equidad de género:

Además de las leyes, acuerdos, planes y políticas públicas que respaldan los derechos de las mujeres, también es fuente de estos derechos las decisiones judiciales tomadas por un juez, lo que hoy llamamos jurisprudencia.

La Corte Constitucional define la equidad o igualdad en varios fallos de la siguiente manera:

La igualdad que estatuye el precepto constitucional no implica que el trato dado por la ley a las personas deba ser idéntico, pues bien se sabe que al Estado corresponde contrarrestar aquellas desigualdades surgidas de condiciones económicas, físicas o mentales, por cuya razón, ciertas personas se encuentran respecto de las demás en circunstancias de debilidad manifiesta. En desarrollo del concepto de igualdad real y efectiva, las autoridades públicas están obligadas a introducir en sus actos y decisiones, elementos que desde el punto de vista formal podrían parecer discriminatorios, pero que sustancialmente tienden a lograr un equilibrio necesario en la sociedad, por cuya virtud se superen en la medida de lo posible, las deficiencias que colocan a algunos de sus miembros en notoria posición de desventaja[12]

Así mismo otras sentencias se refieren a la equidad y a la igualdad entre los miembros del estado de derecho (T-230/94, C-445/95, C-481/98, C-082/99), principalmente las mujeres con “medidas dirigidas a favorecer  a determinadas personas o grupos, ya sea con el fin de eliminar o reducir desigualdades de tipos social, cultural o económico que los afectan”.[13]

Aunque Colombia fue uno de los últimos países de Latinoamérica en aprobar el derecho al voto femenino hoy es pionero en la defensa de los derechos de las mujeres, aun así falta mucho para poder lograr la equidad o igualdad real. Hoy Colombia continúa en proceso de transformación, creando un país donde hombres y mujeres podamos contar con las mismas oportunidades, beneficios y derechos, logrando un verdadero desarrollo social.

          CONCLUSIONES
De todas las consideraciones narradas en este escrito, sobre la historia de los derechos y las luchas por las reivindicaciones de las mujeres en Colombia, se puede concluir lo siguiente:
-La mujer fue vulnerada, abusada y subestimada durante muchos años en nuestro país. En tal sentido, se están creando aceleradamente políticas públicas, en busca de un rumbo que cambie significativamente la historia de las mujeres y de la sociedad actual.
- Las mujeres y los hombres son iguales tienen equidad en capacidades, derechos y oportunidades.
- Tanto las mujeres como los hombres merecen poder participar de las decisiones políticas que se tomen en su país.

BIBLIOGRAFÍA
·      ARBOLEDA Z. Juan Carlos. “21 días de gloria y 90 años de olvido para señoritas que pidieron dignidad”. En: Periódico el pulso. Año 11, N° 139 (Abril de 2010) Consultado el: viernes 4 de marzo de 2011. Disponible en: http://www.periodicoelpulso.com/html/1004abr/cultural/cultural.htm

·      “Betsabé Espinal, una mujer admirable”. En: Legado Antioquia 13 agosto 2010 a 20:40, Archivado en Personajes. Consultado el viernes 4 de marzo de 2011. Disponible en:  http://legadoantioquia.wordpress.com/2010/08/13/betsabe-espinal-una-mujer-admirable/

·       Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C- 371 de 2000. Bogotá.  2000. M.P José Gregorio Hernández Galindo.

·      Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C- 588 de 1992. Bogotá.  1992. M.P Carlos Gaviria Díaz. 


·      “El Voto Femenino”. En: ayuda de tareas, Biblioteca virtual banco de la república de Colombia, Consultado el jueves 3 de marzo de 2001. Disponible en: http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/poli/poli84.htm

·      ESPITALETTA, Reinaldo. crónica “Huelga de Señoritas, o cuando en Bello se protagonizó un alzamiento de mujeres liderado por Betsabé Espinal”. Revista Huellas, Centro de Historia de Bello. Nº 4 diciembre 2002.


·      Informe de gestión Bienestar social y equidad de género Julio 26 de 2010

·      Ley 823 de 2003, Ley 51 de 198, Ley 248 de 1995, Ley 1257 de 2008.


·      Plan decenal municipal de acciones positivas para las mujeres 2007-2017. Bello, Antioquia.

·      QUINTANA VINASCO, Elba María. Por la plenitud de la ciudadanía de la mujer colombiana, tesis de grado, Universidad Nacional de Colombia, Bogotá, 1950.











[1]Este escrito es producto de un ejercicio investigativo en curso, en el Semillero de Investigación "Género y Multiculturalismo" Enfoque desde los Derechos Humanos, en el que estamos desarrollando una indagación sobre el avance de las políticas públicas de protección de los derechos humanos de las mujeres, a partir de la Investigación denominada, “Proceso evolutivo de los derechos humanos de las mujeres desde la época de la colonización hasta la actualidad en Colombia. Labor iniciada en el primer semestre de 2011, bajo la Coordinación de la Docente-Investigadora Yennesit Palacios Valencia. Miembro del Grupo Derecho, Cultura y Ciudad, de la Facultad de Derecho.
*Estudiantes de primer semestre de Derecho de la Universidad de San Buenaventura Seccional Medellín. Miembros del Semillero de Investigación. "Género y Multiculturalismo" Enfoque desde los Derechos Humanos. Mail: juanfdiazp@gmail.comatinore_0922@hotmail.com  


[2]HERRERA CARVAJAL,  Martha Cecilia. “proceso evolutivo de la mujer en la sociedad”, tomado del centro de historia de Bello, Archivo Histórico fotográfico. recuperado el: miércoles 2 de marzo de 2011.
[3]ARBOLEDA Z. Juan Carlos. “21 días de gloria y 90 años de olvido para señoritas que pidieron dignidad”. En: Periódico el pulso. Año 11, N° 139 (Abril de 2010) Consultado el: viernes 4 de marzo de 2011. Disponible en: http://www.periodicoelpulso.com/html/1004abr/cultural/cultural.htm
[4]Foto 2: Betsabé Espinal Biblioteca Pública Piloto Medellín. Fondos Patrimoniales, archivo histórico fotográfico. Recuperado el: miércoles 2  de marzo de 2011.
[5] Betsabé Espinal, una mujer admirable”. En: Sala Antioquia, archivado en personajes el 13 agosto de 2010. Consultado el: viernes 4 de marzo de 2011. Disponible en: http://legadoantioquia.wordpress.com/2010/08/13/betsabe-espinal-una-mujer-admirable/.
[6] Betsabé Espinal, una mujer admirable”. En: Sala Antioquia, archivado en personajes el 13 agosto de 2010. Consultado el: viernes 4 de marzo de 2011. Disponible en: http://legadoantioquia.wordpress.com/2010/08/13/betsabe-espinal-una-mujer-admirable/.
[7] Foto 3: Fábrica textil en Medellín, 1920. Foto: Rafael Mesa, Sociedad de Mejoras Públicas, http://www.periodicoelpulso.com/html/1004abr/cultural/cultural.htm Consultado el: viernes 4 de marzo de 2011.
[8] Betsabé Espinal, una mujer admirable”. En: Sala Antioquia, archivado en personajes el 13 agosto de 2010. Consultado el: viernes 4 de marzo de 2011. Disponible en: http://legadoantioquia.wordpress.com/2010/08/13/betsabe-espinal-una-mujer-admirable/.
[9]ARBOLEDA Z. Juan Carlos. “21 días de gloria y 90 años de olvido para señoritas que pidieron dignidad”. En: Periódico el pulso. Año 11, N° 139 (Abril de 2010) Consultado el: viernes 4 de marzo de 2011. Disponible en: http://www.periodicoelpulso.com/html/1004abr/cultural/cultural.htm
[10]Mujer  sufragando por primera vez, Biblioteca Pública Piloto, Medellín. Fondos  Patrimoniales, archivo histórico fotográfico. recuperado el: viernes 4 de marzo de 2011.
[11] Foto 5: Rosita Turizo de Trujillo, abogada y miembro de la Unión de Ciudadanas de Colombia fue una activista del voto femenino. MONTOYA PIEDRAHITA Catalina. “Mujeres, 50 años de ciudadanía”  En: Periódico El Colombiano. Año 2011, viernes 11 de marzo de 2011. Consultado el 14 de marzo de 2011. Disponible en: http://www.elcolombiano.com/BancoConocimiento/M/mujeres_50_anos_de_ciudadania/mujeres_50_anos_de_ciudadania.asp
[12] Colombia. Corte Constitucional. Sentencia C- 588 de 1992.  Bogotá. 1992. M.P  José Gregorio Hernández Galindo.
[13]Colombia.  Corte Constitucional. Sentencia C- 371 de 2000. Bogotá. 2000. M.P Carlos Gaviria Díaz 



10 comentarios:

  1. saludos desde pasto nariño,excelente trabajo me gusta mucho su aplicación y el ejemplo dela mujeres tanto en Colombia y en antioquia.

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  2. hola me podrían dar información de que universidad realizo este informe lo necesito como referencia bibliográfica.

    muchas gracias.

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  3. Muy buena la información pero recuerden que el Dr Guillermo Leon Valencia fue presidente en el periodo de 1962 - 1966.
    El presidente de 1958 fue ALBERTO LLERAS CAMARGO.
    Saludos

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  4. me cago en la p#T4 quien me pasa resumen :(

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  5. muy buen trabajo me ayudo bastante muchas gracias

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  6. Muy buenos trabajo pero quisieras tener ayuda

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